Christina Korak
Con la codificación constitucional de los derechos de la naturaleza en 2008, Ecuador introdujo uno de los aparatos jurídicos más avanzados en el reconocimiento de los derechos lingüísticos y culturales. La constitución ecuatoriana incluye el concepto indígena sumak kawsay (con su traducción aproximada de “buen vivir”) en 99 artículos que garantizan, entre otros, el derecho al agua y a un medio ambiente ecológicamente equilibrado. Según el artículo 16 (sección 3, capítulo 2, título 2), los pueblos indígenas tienen derecho a una “comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social […]en su propia lengua y con sus propios símbolos” (Constitución de La República Del Ecuador 2008, p. 30). Datos cualitativos del trabajo de campo en comunidades amazónicas revelan que estos marcos legales contrastan con la realidad lingüística-cultural de los/as indígenas amazónicos waorani. Cuando dimanan de órganos estatales, la traducción e interpretación entre el español y su lengua waoterero tienen un carácter meramente decorativo. Por ende, hablar español y auto-organizar la traducción e interpretación es clave para los/as waorani para influir en las decisiones de la sociedad mayoritaria sobre su territorio. Sin embargo, esto crea complejas tensiones en cuanto a sus derechos lingüísticos y culturales, ya que interpretan entre las cosmovisiones contrapuestas del estado ecuatoriano, las empresas petroleras, las instituciones religiosas, las ONG y sus comunidades. Además, suelen ser aquellos/as waorani con un elevado estatus cultural y buenos vínculos políticos los/as que sirven de intérpretes (véase también Korak, 2015). De esta forma, traducir e interpretar conlleva múltiples juegos de poder y da lugar a jerarquías internas en las comunidades. Este escenario se agrava aún más cuando se transmiten mensajes de los/as tagaeri-taromenane, familias waorani en aislamiento que resisten al contacto. Con el ejemplo etnográfico de la interpretación de una visión chamánica, ilustraré cómo se interpretan las amenazas a la supervivencia de los/as tagaeri-taromenane a través de la figura cultural del jaguar. Además de la importancia de aplicar políticas de traducción realistas que prevean el derecho a la traducción e interpretación, planteo la intrigante cuestión de si debería existir también el derecho a no ser traducidos/as.
Referencias
Constitución de la República del Ecuador, (2008). Offical Registry N° 449. 20 October, 2008. https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/old/constitucion_de_bolsillo.pdf
Korak, C. (2015). Indigenous Multilingualism and Translation: The Creation of Intra- and Intersocial Hierarchies in the Communities of the Waorani People of Ecuador. Tusaaji: A Translation Review, 4(1). https://doi.org/10.25071/1925-5624.40317
Palabras clave: cosmovisión, un_translated, pueblos indígenas de la Amazonía, derechos culturales y lingüísticos, Waorani.