Con el concepto de responsabilidad se da una situación curiosa a la hora de definir su significado: aquello que primero se entiende como una obligación moral, como una exigencia de justicia, provocando recelos, sospechas y rechazos, se retoma después con toda firmeza como un recurso estratégico, como un instrumento al servicio de la eficacia y del beneficio económico. Sin embargo, por el camino ha perdido toda su fuerza crítica e innovadora. Esta situación ya se había producido con otros conceptos de tipo normativo, como es el caso de la participación
Hace diez años hablar de responsabilidad ante un foro empresarial era casi menos que imposible, no interesaba. Nadie quería hablar de un concepto que implicaba, intuían todos, la adquisición de compromisos más allá de los resultados económicos. Lo más asombroso es que ocurría lo mismo en los ámbitos sindicales, ante el temor de la entrada en el juego de otros actores empresariales. El reparto del poder en el seno de la empresa corría peligro. Ambas intuiciones eran ciertas, pero se equivocaban en ver en ellas sólo un peligro, un pasivo o lastre para la satisfacción de los intereses en juego. La significación actual de la responsabilidad social responde más bien a un cambio en esta comprensión de la empresa, cuando ya es evidente que el beneficio económico no es separable del beneficio social y ecológico. Ahora bien, lo novedoso es ver en esta integración una de las claves para la competitividad de nuestras empresas.
La Unión Europea ha sido uno de los factores decisivos para este cambio de posición. El Libro Verde presentado por la Comisión Europea y titulado Fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas, parte ya de estas premisas. En este documento encontramos una definición clara y sencilla de lo que debemos entender por responsabilidad social empresarial: “Integración voluntaria por parte de las empresas de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y en sus relaciones con sus interlocutores” Como vemos, el alcance de la definición excede, y por principio, al cumplimiento estrictamente legal.
Precisamente es la asunción voluntaria la característica básica de la responsabilidad y lo que persigue, se dirá en varias concreciones de este documento, es el diálogo social como la plataforma para “reconciliar los intereses y las necesidades de las distintas partes de manera aceptable para todos ellos”. El objetivo no es otro que llevar a cabo una estrategia de medio y largo plazo para convertir a la Unión Europea en “la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con una mayor cohesión social”. También la OCDE entiende la responsabilidad como un elemento clave para la búsqueda de nuevas oportunidades para la empresa5. De nuevo la idea, plasmada ahora en documentos que tienen su origen en los mismos actores empresariales, de que la responsabilidad es uno de los factores más importante para hablar de competitividad.
No obstante, todo queda en un mero ejercicio de marketing publicitario o, peor aún, en una justificación de situaciones moralmente injustificables, si no somos capaces de definir, en primer lugar, en qué consiste esta responsabilidad, cuáles son sus márgenes; y, en segundo lugar, cómo podemos medirla y evaluarla. No basta con decir que debemos ser responsables, es necesario concretar esta responsabilidad pues es la reputación de la empresa lo que está en juego y, con ella, la confianza y el respaldo de los diferentes grupos de intereses que la componen. Es en esta dirección donde la ética empresarial aporta su perspectiva propia, su contribución a la comprensión e implementación de la responsabilidad social de la empresa.