Resumen de la comunicación «Las lenguas de signos autonómicas: comparación de marcos jurídicos para mejorar su presencia en la justicia»

Àngela Callado, Universidad Jaume I

Desde el 23 de octubre de 2007, la ley 27/2007 reconoce las lenguas de signos españolas en el Estado español, pero según la “Confederación Estatal de Personas Sordas” solo la lengua de signos española y la catalana conviven actualmente en el Estado español. La realidad es que hay más de 10 variedades dialectales diferentes de la lengua de signos española, todas aglutinadas bajo una única ley. Además de esta confusión imperante, también hay un vacío legal en la ley 27/2007 que relega la responsabilidad de regular y de reconocer el resto de lenguas de signos que conviven en el Estado y que normalmente están circunscritas a los territorios autonómicos. La única comunidad en la que la lengua de signos propia es oficial es Cataluña, que ha elaborado una ley para reconocer la lengua de signos catalana (Ley 17/2010, del 3 de junio). Esta ley está explícitamente reconocida en el Estatuto de Autonomía de Cataluña y tiene su propia autonomía normativa en el ámbito territorial. El hecho de que la lengua de signos catalana tenga su propia legislación acentúa que se considere una lengua independiente (y no un dialecto). Lo que pretendemos analizar en este proyecto es si la legislación autonómica les ha dado a las dos lenguas la oficialidad dentro de todo el territorio español, y si los usuarios de la lengua de signos tienen el deber de aprender ambas y el derecho a utilizarlas en cualquier situación administrativa. Comparamos la normativa española con la de los otros países que también viven en una situación de multilingüismo similar. Nuestro objetivo es determinar cuáles son los vacíos de la propuesta que hace el Estado español para garantizar los derechos de todas las personas sordas del Estado.

Referencias:

Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, BOE núm. 255, de 24 de octubre de 2007, pp. 43251-43259

Llei 17/2010, del 3 de juny, de la llengua de signes catalana, BOPC núm. 729/VIII, de 2 de junio de 2010

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