Estudio lingüístico contrastivo de la terminología en la Administración pública electrónica en España y en Francia

Victoria García Alarcón

Desde hace ya algún tiempo, la administración electrónica forma parte de nuestra vida diaria debido al uso masivo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las administraciones públicas de los diferentes países. Sin embargo, este cambio ha sido progresivo y sigue todavía en constante evolución, ya que la transformación de estas instituciones, al pasar del papel al formato electrónico, va más allá del mero uso de las TIC. Todos los países, en menor o mayor medida, han modificado su administración para adaptarla a los nuevos tiempos. Todo ello conlleva modificaciones en cuanto a normativa, así como modificaciones en las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública y, no cabe duda, cambios lingüísticos que resultan en la creación de neologismos, el uso de anglicismos, etc.
Conscientes de esta situación, en la presente comunicación, nos proponemos analizar el concepto de administración electrónica en Francia y en España, ya que, como señala Piñar Mañas (2007), no existe un consenso sobre la idoneidad de este término ni sobre su contenido, a pesar de su aparente «universalidad». Mediante la aplicación de una metodología contrastiva, en primer lugar, se llevará a cabo un análisis de dicho concepto en los países considerados, así como de la terminología y fraseología que de él se deriven desde un punto de vista conceptual, lingüístico y traductológico. Y, en segundo lugar, se presentará un glosario bilingüe español-francés con el fin de seleccionar algunos de sus términos más relevantes y comparar los resultados obtenidos en ambas lenguas, así como sus fenómenos lingüísticos más destacados.

Palabras clave: Administración Pública Electrónica, traducción, terminología, metodología contrastiva, glosario, francés, español.

La interpretación sanitaria en Gran Canaria, ¿un privilegio o un derecho?

Mónica del Carmen Santana García

En el archipiélago Canario podemos encontrar población extranjera que reside en las islas y turistas, por lo que la presencia de extranjeros en las Islas Canarias no es algo nuevo. Mucho antes de que se hablara de interpretación en los Servicios Públicos ya se daban casos de personas que, sin hablar español, visitaban nuestras islas con el fin de mejorar su salud, esto es lo que hoy se conoce como turismo sanitario. Estos dos grupos de personas, en algún momento, tienen que hacer uso de los servicios sanitarios públicos de las islas y se encuentran con el problema de que no existe un servicio de interpretación para poder comunicarse adecuadamente. Hemos entrevistado al personal perteneciente a los dos hospitales públicos de Gran Canaria y hemos apreciado que estos, muchas veces, deben encontrar soluciones para que la comunicación con los pacientes extranjeros pueda desarrollarse. Del mismo modo, hay que destacar que la situación ocasionada por la crisis sanitaria de la COVID-19 ha puesto de manifiesto que la asistencia sanitaria al paciente extranjero en las islas es una asignatura pendiente, además ha exacerbado en nuestro entorno la llegada de inmigrantes que llegan a las islas, de manera irregular, huyendo de sus lugares de origen por diferentes motivos. Si bien no se trata de un fenómeno nuevo, las actuales medidas de seguridad hacen que estas personas se conviertan en pacientes al llegar a nuestras fronteras. Finalmente, debemos aprovechar esta oportunidad para que la profesión del intérprete sanitario reciba el reconocimiento que se merece y se puedan llevar a cabo medidas para solucionar la falta de un servicio de interpretación sanitaria y concienciar a todos de que sin una buena comunicación no puede existir una sanidad de calidad. 

Palabras clave: interpretación en los Servicio Públicos, interpretación sanitaria, COVID-19.

Digital Marginalisation of Migrants in Spain through the Implementation of Translation Policy: How to Use a Remedy to Create a Problem 

Elena Ruiz-Cortés

Digitally mediated communication in the public sector has changed how citizens and authorities communicate. Within this digital context, it has been identified that language problems may be an underlying cause of social exclusion for migrant groups (see Khorshed & Imran 2015: 347), which seems to indicate that the lack of language proficiency in the host country’s language may give rise to new forms of digital divides in migratory contexts. Here we contend that, for migrants with language barriers, access to key digital services within the public sector can be fostered by translation provision, which may be used as a tool to digitally empower them. Thus, in this paper the digital empowerment (Mäkinen 2006) of migrant communities is explored, assessing to what extent the implementation of translation policy empowers migrants’ digital communication with the host country’ authorities within the public services (our goal). We will focus on a case study, the translation policy implemented in the digital communication between the Spanish ministry for Migration and migrants in the case of two immigration procedures (EU migrants/ investors).

This is an exploratory analysis  framed  within  Descriptive  Translation  Studies  (Toury 2012),  in which  the collection of our data will be organised via the methodological  concept  of “domain” (González 2016). Our initial findings suggest that the translation policy implemented by this Spanish Ministry results in diametrically opposed levels of migrants’ digital empowerment in our case study. Specifically, they show that the implementation of translation policy within the digital context not only impacts how citizens’ exercise their right to reside in another country, but it also seems to disguise elaborate forms of digital marginalisation (Mäkinen 2006: 383) based on linguistic grounds. This is so since, ultimately, when the inability to communicate in the dominant language prevents citizens from accessing digital (and non-digital) services that others readily access, exclusion takes place. Thus, arguably, even if translation policy should be used as a tool to digitally empower all migrants within the public services, here it seems to be used as a tool to empower only some of them; the most powerful migrant communities.

Keywords: translation policy, digital empowerment, E-government, immigration procedures, Spain.

Elena Ruiz-Cortés holds a Translation and Interpreting BA degree, an MA in Immigration Law and an MA in Professional Translation specialising in Legal Translation. In July 2020 she was awarded a PhD in Translation at the University of Granada (Spain), which focuses on Public Service Translation. Elena is Fellow of the Advanced HE of the UK, she is a researcher of the AVANTI Research Group and she is an official sworn translator and interpreter of English-Spanish. She has taught several undergraduate programs at Ulster University (UK), at the University of Malaga (Spain) and at the University of Granada, where she currently teaches. Her main research interests lie in the fields of Public Service Translation, Legal Translation, Migration and Translator Training. Elena has published several international papers on the fields above.

El olvidado papel de los servicios de traducción en el proceso de integración de los migrantes en España

Elena Ruiz-Cortés

En esta comunicación exploramos el papel que juegan los servicios de traducción en el proceso de integración  de la población inmigrante en España. Apoyándonos en la “sociolingüística de la migración” (Paredes 2020), analizamos el papel de los servicios de traducción en “una situación de contacto” (ibid.) (obligatoria) al inicio del movimiento migratorio: el contacto (presencial y digital) entre la Administración española y los migrantes europeos durante el proceso de obtención de la documentación que acredita su residencia legal. Para ello, nos serviremos del modelo piramidal de integración sociolingüística del inmigrante propuesto por Moreno (2009: 133). En el modelo el autor sostiene que la integración sociolingüística es un proceso gradual de cuatro niveles vinculados a distintas experiencias de los inmigrantes en el país de acogida: la integración de supervivencia (nivel 0), la integración laboral o escolar (nivel 1), la integración social (nivel 2) y la integración identitaria (nivel 3) (ver ibid.: 146-148). Esto supone que la situación de contacto analizada se ubica en la integración de supervivencia (nivel 0), y por tanto tiene unos indicadores sociales concretos —ser uno de los primeros contactos del inmigrante con la sociedad de acogida en el que intenta cubrir sus necesidades básicas— e indicadores lingüísticos y comunicativos —“un limitado dominio de las habilidades lingüísticas y comunicativas, así como […] la limitada identificación de las pautas sociales y culturales” (Paredes 2020: 51)—.En suma, basándonos en el modelo mencionado y empleando una metodología traductológica descriptiva (Toury 2012), analizaremos las políticas de traducción implementadas en este caso con vistas a determinar si este uso favorece o no la integración de supervivencia de la población inmigrante involucrada.

Bibliografía
Moreno Fernández, F. (2009). Integración sociolingüística en contextos de inmigración: marco epistemológico para su estudio en España. Lengua y migración, 1(1), 121–156.
Paredes García, F.(2020). Un modelo para el análisis de la integración sociolingüística de la población migrante: fundamentos, dimensiones e instrumentos. Lengua y migración, 12(1), 39–81.
Toury, G. (2012). Descriptive Translation Studies – and beyond. Ámsterdam: John Benjamins.

Palabras clave: integración sociolingüística, migración, traducción.

Assessing the effect of sentence length and the passive voice in the clarity of Spanish legal texts

Heather Adams y Víctor González Ruiz

In connection with the conference’s topics of linguistic injustice and language usage, this presentation explores the effects some complex traits of legal discourse may have on how lay citizens find legal texts easier or more difficult to understand. Our study is underpinned by two relevant factors: first, the law affects people’s lives in a wide range of ways and, second, any interaction with legal professionals or officials usually involves some degree of power asymmetry. In combination, both factors would mean that the use of abstruse, and sometimes unintelligible, language in the context of the law (as described by CMLJ 2011 or Montolío 2012 for Spanish, and by Mellinkoff 1963 or Wydick 2005 for English) could be considered an act of verbal aggression against the reader or listener. This supposition would also apply to many exchanges between governmental agencies and citizens.

In particular, in this presentation we will focus on two of the linguistic properties which have usually been linked to intricate discourse in legal Spanish: long, convoluted sentences and passive-voice verbs (as found by CMLJ 2011). In order to find out how each of these characteristics, respectively, affects the way in or the extent to which a person understands a legal text, we will carry out an experiment involving a usability testing method (e.g. Schriver 1989,  Dumas & Redish 1999, Jarrett & Redish 2020). In it, a sample of adults with no legal training will assess (by way of a comprehension test) two rewrites of an excerpt from a real Spanish legal text featuring long, elaborate sentences and passive-voice structures. Each of the rewrites will give prominence to only one of the two traits mentioned while neutralising the other one. The findings will allow us to advance hypotheses about which linguistic habits should be avoided to achieve a more effective and less imbalanced communication in the legal field.

REFERENCES

– CMLJ (Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico). 2011. Informe de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico. Madrid: Ministerio de Justicia.

– Dumas, Joseph; Redish, Janice. 1999. A practical guide to usability testing. Exeter: Intellect.

– Jarrett, Caroline; Redish, Janice. 2020. “How to test the usability of documents.” <https://www.uxmatters.com/mt/archives/2020/05/how-to-test-the-usability-of-documents.php>.

– Mellinkoff, David. 1963. The language of the law. Boston/toronto: Little, Brown and Company.

– Montolío, Estrella. 2012. “La situación del discurso jurídico escrito español. Estado de la cuestión y algunas propuestas de mejora.” Hacia la modernización del discurso jurídico: contribuciones a la I Jornada sobre la modernización del discurso jurídico español, edited by Estrella Montolío. Barcelona: Publicacions i Edicions Universitat de Barcelona. 65-91.

– Schriver, Karen. 1989. “Evaluating text quality: the continuum from text-focused to reader-focused methods.” IEEE Transactions on Professional Communication 32(4). 238-255.

– Wydick, Richard C. 2005. Plain English for lawyers. 5th. ed. Durham, North Carolina: Carolina Academic Press.

Keywords: legal language, legal Spanish, clarity, usability testing, legal communication.

¿Signos de Justicia?: la interpretación signada de procesos judiciales en España

Rayco H. González-Montesino

Las personas sordas usuarias de las lenguas de signos en España han sido a lo largo de décadas objeto de discriminación en el ejercicio de sus derechos como ciudadanos, incluso de aquellos considerados fundamentales. Entre ellos, y respaldado por tratados internacionales y por la legislación nacional, se encuentra el de disfrutar de una tutela judicial efectiva y un juicio justo. Desde la aprobación de la Ley 27/2007, por la que se reconoce el uso de las lenguas de signos en nuestro país, las personas sordas signantes disponen de una herramienta esencial para tratar de salvaguardar sus derechos en los diferentes contextos sociales, entre ellos el judicial. Sin embargo, el análisis de la filosofía con la que se creó esta norma y de su articulado, así como de la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de varias directivas europeas sobre traducción e interpretación, nos permite afirmar que esa protección podría calificarse de ficticia. La falta de responsabilidad que hasta el momento asume la Administración de Justicia en España para dotar a los procedimientos judiciales de servicios de interpretación en lengua de signos profesionales y de calidad contrastada, que garanticen las destrezas, competencias y cualificaciones académicas necesarias para desempeñar esta labor, pone en riesgo la garantía de derechos —incluido los lingüísticos— de las personas sordas y coarta su libertad como ciudadanos.

Programas de Atención a personas sordas reclusas y en Medidas Alternativas de la CNSE (Confederación Estatal de Personas Sordas)

Tiziri de Valcárcel Cabrera

Coordinadora del Programa de Instituciones Penitenciaria de la CNSE

Los centros penitenciarios de España cuentan con unas 200 personas sordas reclusas para las que, hasta el año 2018 no existía recursos que les garantizara la accesibilidad en la información, participación y comunicación en igualdad de oportunidades que el resto de reclusos. El Programa de Atención a Personas sordas reclusas nace en el año 2018 en el seno de la CNSE, Confederación Estatal de Personas sordas y se enmarca en el Protocolo General de Atención a la personas con

discapacidad en el ámbito penitenciario de la Secretaría general de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior. Desde finales de ese año la CNSE en colaboración con las 17 federaciones autonómicas que la integran, provee de recursos humanos y tecnológicos a los centros penitenciarios y a las oficinas de Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para garantizar la accesibilidad de la información y la comunicación a las personas sordas.

Para ello cuenta con profesionales intérpretes de lengua de signos y personas mediadoras

sordas que se desplazan a los centros penitenciarios, Centros de Inserción Social y Oficinas de Gestión de Penas y Medidas Alternativas para garantizar que la comunicación sea accesible. Además, se ha incorporado el servicio de videointerpretación en lengua de signos (Svisual) en los centros citados como medida de apoyo a los recursos humanos garantizando así la accesibilidad en

las comunicaciones de las personas sordas reclusas con el exterior (profesionales y/o familiares con los que no podían comunicarse ya que solo existía la llamada telefónica) en igualdad de oportunidades con el resto de reclusos y la comunicación con los distintos profesionalesdel centros del ámbito penitenciario y extrapenitenciario.

S1.1 La traducción y la interpretación en el reconocimiento del derecho a la lengua de signos española: revisión de políticas lingüísticas

María Luz Esteban Saiz, Saúl Villameriel García, Eva Aroca Fernández, Mónica Rodríguez Varela

En las últimas décadas se está dando una progresiva normalización sociolingüística de la lengua de signos española (LSE) que se extiende también al ámbito de la traducción e interpretación. No obstante, las relaciones entre lenguas y culturas respecto a los procesos de traducción e interpretación de la LSE, en cuanto que lengua minoritaria y minorizada, siguen siendo asimétricas. Así, aunque la capacitación y la acreditación de traductores e intérpretes de LSE han ido evolucionando hasta llegar a la universidad, esta formación resulta insuficiente para cubrir la creciente demanda de profesionales competentes en proporción a las exigencias actuales tanto de la comunidad lingüística signante como de la población en general. 

Esta realidad da lugar a una situación especialmente vulnerable para las personas sordas y sordociegas signantes que, como minoría lingüística y cultural, no ven atendidas sus necesidades de traducción e interpretación de la LSE. Esta comunicación pretende, por tanto, ofrecer una panorámica general sobre la formación de las y los profesionales de traducción e interpretación de la LSE que, por un lado, llame la atención sobre la carencia de planes de estudios al respecto y, por otro, apunte a la necesidad de promover políticas lingüísticas encaminadas al incremento de programas de formación de traductores e intérpretes de LSE. Todo ello con el fin de garantizar el derecho de las personas sordas y sordociegas a usar la LSE en cualquier dominio público o privado.

Palabras clave: derechos lingüísticos, políticas lingüísticas, traducción e interpretación, lengua de signos española, ideologías lingüísticas

El acceso a las lenguas de signos como lenguas de herencia: un mecanismo de resistencia frente a la supremacía del oralismo

Stéphanie Papin

El 95% de las personas sordas han nacido en familias oyentes no signantes, y a su vez, el 90 % de los hijos e hijas de padres sordos son oyentes. Así, la competencia lingüística transmitida puede variar y existe un continuo que abarca desde signantes con fluidez hasta personas que apenas manejan una lengua de signos. Esa realidad se debe no solamente a la cantidad y la calidad de los inputs lingüísticos recibidos que condicionan la adquisición de la lengua de signos, sino también al proceso de identificación a la lengua y cultura de herencia clave para su desarrollo.

El mantenimiento y desarrollo de lenguas minoritarias en contextos de diglosia han motivado los estudios sobre las ‘lenguas de herencia’. Las conforman las lenguas originarias aniquiladas por el colonialismo y las lenguas de la inmigración minorizadas por una marginación y estigmatización social. Las lenguas de signos se encuentran en esa intersección: su prohibición durante un siglo en Europa refleja el `drama lingüístico´ de las lenguas autóctonas, y, como los descendientes de colectivos migrantes, los hijos e hijas oyentes de padres sordos son expuestos a la asimilación en la comunidad lingüística y cultural mayoritaria. Además, se enfrentan a las perspectivas hegemónicas y médicas que conciben las lenguas de signos como el estigma de la discapacidad. Los hijos e hijas oyentes de padres sordos que adquieren una lengua de signos cuestionan entonces el concepto de sordera como deficiencia que necesita remediación ya que se inscriben en un grupo particular que comparte una lengua y una cultura. 

El análisis de narrativas de signantes de herencia habituados a la negación y desprecio de su primera lengua nos revela que sus representaciones mentales en cuanto a la lengua de signos, su visión cultural personal y su identificación con la comunidad lingüística son factores que operan en el proceso de la adquisición de la lengua de signos como lengua de herencia minorizada. El aprendizaje formal de una lengua de signos dispara un proceso de concienciación y resignificación permitiendo adoptar un enfoque sociolingüístico que considera la lengua de signos como patrimonio principal y así empoderar a la persona a través de la lengua que encarna la cultura de su familia.  Las metodologías de enseñanza de la interculturalidad señalan que la conciencia de la propia naturaleza multilingüe y multicultural de las competencias debe ser acompañada y estructurada, ya que no es automática. Las respuestas de signantes de herencia en Francia que han experimentado la opción “Lengua de Signos Francesa” en el bachillerato comprueban el impacto de ese dispositivo institucional con respecto al entendimiento y la valorización de su cultura de herencia e identidad. Una de las dimensiones fundamentales de la planificación lingüística es la transmisión de la lengua y la valorización de la cultura e identidad relativas a ella. Por eso, debería incluir el acceso a la lengua de signos como lengua de herencia ya que mejora el sentido subjetivo de la identidad personal de los signantes de herencia y la asignación funcional de sus códigos lingüísticos.

Opening up the profession: Harnessing the power of volunteers in language crises

Romina Galloso Sabat

Inclusive Responses to Language Violence

Chair: Edith Muleiro

Romina Galloso Sabat leads Spanish translation for Respond Crisis Translation, a collective of 2,500 multilingual people interpreting and translating in 108 languages. She is also a student of translation in Argentina. In this presentation, she will compare these two experiences: as a leader in a collective of largely volunteer translators and interpreters and as a student of translation. She will consider the barriers faced by aspiring translators in the Argentinian context, where only certified and highly educated translators are permitted to lend their services in the legal system. This context serves as a parallel example to the other panelists’ work in the US, highlighting the various ways in which access is limited for both interpreters and those who use their services. The continued focus on the experience of interpreters within these spaces serves to illuminate the various inequities of the judicial systems and social services for all involved.

She will close by offering lessons learned from her leadership in Respond, focusing on strategies for liberalizing access to the translation profession and democratizing access to translation itself.